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Factura con IVA o sin IVA: cuándo aplica cada caso

Guía completa sobre cuándo aplicar IVA en una factura y cuándo no. Actividades exentas, operaciones intracomunitarias, exportaciones y los errores más frecuentes.

Equipo Fiscora36010 de enero de 20254 min de lectura
Factura con IVA o sin IVA: cuándo aplica cada caso

Uno de los errores más habituales de los autónomos es cobrar IVA cuando no deben, o no cobrarlo cuando sí corresponde. Cualquiera de los dos supone un problema fiscal. Esta guía te explica cuándo aplica IVA y cuándo no.

¿Cuándo va IVA en una factura y cuándo no?

Respuesta rápida: Debes aplicar IVA siempre que tu actividad no esté expresamente exenta por la Ley del IVA. Las principales excepciones son: actividades educativas regladas, servicios médicos, exportaciones y operaciones intracomunitarias entre empresas.

Facturas CON IVA (la regla general)

La mayoría de actividades están sujetas y no exentas de IVA:

  • Servicios profesionales (consultoría, diseño, desarrollo web, marketing...)
  • Venta de productos
  • Hostelería y restauración
  • Alquiler de locales comerciales
  • Reparaciones y mantenimiento
  • Actividades artísticas y culturales (en general)

El tipo aplicable varía: 21% (general), 10% (reducido) o 4% (superreducido).

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Facturas SIN IVA (actividades exentas)

Exenciones del Art. 20 LIVA (exentas interiores)

Estas actividades están exentas de IVA dentro del territorio español:

ActividadCondición
Enseñanza regladaCentros autorizados, asignaturas del currículo oficial
Servicios médicos y sanitariosPrestados por profesionales sanitarios titulados
Servicios de atención socialPrestados por entidades de derecho público o ONG
SegurosOperaciones de seguro y reaseguro
Servicios financierosPréstamos, créditos, avales...
Alquiler de viviendaSolo uso residencial, no turístico
Escritores y artistasCesión de derechos (con matices)

Importante: Si tu actividad está exenta, no puedes deducirte el IVA de tus gastos relacionados con esa actividad.

Exenciones en operaciones internacionales

Tipo de operaciónSituación IVA
Exportación (fuera de la UE)Exenta, 0%
Entrega intracomunitaria (empresa UE con VAT)Exenta, 0%
Servicios a empresas de la UEExenta si tienen VAT válido
Venta a particulares de la UESujeta al IVA del país destino

💡 ¿Tu actividad es exenta de IVA? Consulta con tu gestor o con Fiscora360. Configurar correctamente el IVA desde el principio evita problemas costosos. Ver cómo →


Los errores más costosos en el IVA

❌ Cobrar IVA en actividades exentas

Si eres médico, profesor de enseñanza reglada o psicólogo y cobras IVA en tus facturas, debes devolver ese IVA. No puedes quedártelo.

❌ No cobrar IVA en actividades sujetas

Si prestas servicios de consultoría sin aplicar IVA y Hacienda lo detecta, te reclamará el IVA no cobrado más intereses y posibles sanciones.

❌ Confundir exento con tipo 0%

Exento: No hay IVA y no puedes deducir el IVA de los gastos relacionados. Tipo 0%: Hay IVA pero al 0%. Puedes deducir el IVA soportado. Se aplica en exportaciones y entregas intracomunitarias.

❌ Aplicar exención sin cumplir los requisitos

Algunas exenciones requieren condiciones específicas. Por ejemplo, las clases particulares de un profesor son exentas, pero solo si se imparten directamente por el profesor, no a través de academia.

Casos habituales de duda

Freelance digital que presta servicios a empresa de EEUU

Sin IVA. Es una exportación de servicios.

Psicólogo en consulta privada

Exento de IVA (Art. 20.1.3 LIVA). No cobra IVA, no deduce IVA de gastos.

Diseñador gráfico que vende logos

Con IVA al 21%. Actividad sujeta y no exenta.

Profesor de inglés a particulares (clases particulares)

Exento si las da directamente. Con IVA si es a través de academia o empresa interpuesta.

Alquiler de piso turístico

Con IVA al 21% (servicio hotelero). Diferente al alquiler de vivienda habitual (exento).

Preguntas frecuentes

¿Cómo sé si mi actividad está exenta de IVA?

Consulta el Art. 20 de la Ley del IVA o el epígrafe IAE de tu actividad. Si tienes dudas, consulta con tu gestor.

¿Puedo elegir si cobrar IVA o no?

No. O tu actividad está sujeta (debes cobrar IVA) o está exenta (no puedes cobrar IVA). No hay elección.

Si estoy exento de IVA, ¿tengo que presentar el Modelo 303?

Depende del tipo de exención. En la mayoría de exenciones del Art. 20, no hay obligación de presentar el 303. Consulta con tu gestor.

¿Un autónomo puede tener actividades con y sin IVA?

Sí. Si tienes varias actividades, unas pueden ser exentas y otras no. Debes llevar un control separado de cada una.


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